viernes, 24 de junio de 2016

RESUMEN ORDENANZAS MUNICIPALES

RESUMEN ORDENANZAS MUNICIPALES
N⁰
RESUMEN
APROBACIÓN
WEB
339
PROHÍBASE.- La roza a juego y la tala y desarme de árboles en los terrenos situados al Norte de Cochabamba (falda de la Cordillera del Tunari), de acuerdo al Plan Regulador de la misma, al Este la Quebra¬da de Arocagua y al Oeste la Quebrada de Montecillo. Serán sancionadas con multas, graduadas entre Bs. 50.000.-- y Bs. 5.000.000.-- de acuerdo a la gravedad de la infracción. Un 50% beneficiará a la persona denunciante.
09/05/1960
1176
Se ratifica las RE Nº 14/10/92 y 1392/92 y se abroga la RE Nº 1427/92; referente al derivo de árboles en la jardinera central de la Av. Heroinas.
12/02/1993
1198
Se autoriza el derribo de 6 árboles ubicados en la Av. Panamericana y el Jardín de Niños Loreto.
12/03/1993
1253
Se prohíbe la poda y tala de árboles en las vías públicas, parques y afines en el lapso de 5 años.
30/07/1993
1420
Creada con la finalidad de que aquellas personas declaradas huéspedes ilustres, deberán plantar un arbol en el “parque de la paz y la amistad” (Final Papa Paulo y Rubén Darío)
Jaime Ovando

1425
Ratificase la prohibición de tala y poda de árboles en la jurisdicción del municipio por cuenta directa de los ciudadanos. Solo se podrá talar cuando: los arboles estén secos, represente un riesgo para las personas, o cause daño evidente. Solo se podrá realizar poda de: crecimiento, formación, mantenimiento. Se podrá talar o podar cuando así lo determine la Dirección de Parques y Jardines, mediante informe técnico y con previa resolución municipal. Las personas naturales o jurídicas, para realizar esta tarea deberán inscribirse en la Dirección de Parque y Jardines. Los infractores serán pasibles a una multa de Bs.- 1.500.- por árbol talado o podado. Encomiendas a la Comisión de Ecología y Medio Ambiente la elaboración del Reglamento Especial de Poda y Tala de Árboles.
19/07/1994
Gonzalo Terceros
1427
Disponerse el funcionamiento de una línea de teléfono ecológico o teléfono verde para tomar conocimiento de las denuncias de talas y poda de árboles. Estará instalado en las oficinas de la Dirección de Parques y Jardines.
29/07/1994
1835
Se prohíbe la tala de árboles en áreas públicas y otros de uso común en toda la jurisdicción del Cercado. Se abrogan las OM Nº 1253/93 y OM Nº 1425/94. De esta manera se modifica a pedido de vecinos infractores que no pueden cubrir las multas. En caso de tala de árbol no autorizada la sanción será de 1500 bs y por poda de árbol será de 150 bs. Quienes imparten la autorización de poda o tala será el Órgano Ejecutivo.
09/08/1996
Gonzalo Terceros
2345
Se autoriza la PODA DE ARBOLES y SUSTITUCION DE ESPECIES, de acuerdo a las condiciones de seguridad en el municipio de Cercado.
11/06/1999
2541
Deroga las Ordenanzas Municipales que dieron lugar a la creación de la Empresa Municipal de Recreación Alternativa “EMREA” y de la Unidad Municipal Descentralizada de Parques y Jardines “UMPARJA”, así mismo, se crea la nueva Empresa Municipal Descentralizada de áreas verdes y Recreación Alternativa “EMAVRA”. EMAVRA se autogestionara administrativa y económicamente de acuerdo a sus fines y objetivos (Cuáles son???)
11/08/2000
Jhonny Antezana Martinez

3969
Modifica la Ordenanza Municipal número 2259 de 1998, reconociendo en la presente a EMAVRA como la instancia de control, supervisión y fiscalización.
29/08/2003
Rocio Luque

3197
Ante la necesidad de implantar una medida legal que garantice la protección al Medio Ambiente, especies forestales y ornamentales, se prende realizar un adecuado manejo y tratamiento de las mismas y que deberán ser implementados durante el periodo denominado “pausa en la poda y tala de árboles” en lugares públicos en un lapso de 5 años, hasta restablecer la cobertura dañada.
Solo en caso d ser considerado peligroso EMAVRA autorizara la poda o tala, y será esta institución quien ejecute los trabajos.
Se habla de premiar a OTBs que realicen el mejoramiento de sus calles y áreas verdes
Se establece multas de 200 bs por podar de árbol sin autorización, de 1000 bs por tala de arbol, 500 bs por arbol dañado (envenenado o anillo de la muerte), 1000 bs por árbol derribado por accidente de tránsito. Quien reincida en estas multas tendrá una doble sanción.
08/06/2004
Mery Justianiano Molina
3508
Modificación a las sanciones por la tala de árboles Modificase el Artículo 25º de la Ordenanza Municipal 2262/98 y el Artículo 4º de la Ordenanza Municipal Nº 3197/04, que determinaba la multa de 1000 bs por árbol derribo o por tala. En la medición se establece que la multa en caso de derribo de árbol será de 1000 bs por cada año de antigüedad del árbol que será determinado por técnicos de EMAVRA (institución quien deberá entregar informe mensual al Concejo Municipal respecto a el número de autorizaciones o sanciones efectuadas)
22/11/2005
Tatiana Rojas
3342
Se declara el 19 de noviembre como el día del Molle cochabambino
04/01/2005
Mery Justianiano


OTRAS NORMAS AMBIENTALES
N⁰
RESUMEN
APROBACIÓN
WEB
561
Se declara DIA DEL MEDIO AMBIENTE el día domingo 4 de junio.
30/05/1989
759
Se declara como deber cívico ineludible preservar y mejorar el medio ambiente y el paisaje vegetal de la ciudad y sus respectivos vecindarios.
23/03/1990
965
Se declara Jornadas en defensa del Medio Ambiente.
04/06/1991
1287
Se otorga un plazo de 60 días, para que los propietarios de vehículos a diésel instalen sus catalizadores y no contaminen el medio ambiente.
30/09/1993
1396
Anulase la apertura de la calle Jaime Zudañes en la manzana 209 Distrito 3, entre la Avenida Atahuallpa y la calle Tupac Katari, preservando su medio ambiente ecológico. Las propiedades beneficiadas con esta norma no podrán ser sub-divididas, las construcciones existentes solo se preservarán o mantendrán previa autorización de la Alcaldía.
20/05/1994
1402
Declárese Jornadas Ecológicas, los días 3, 4 y 5 de junio de 1994 por el Día Mundial del Medio Ambiente. Disponerse la paralización, del trafico automotor de Hrs: 11:05, el día 3 de junio de 1994. Instruyase al Órgano Ejecutivo, organice en la Avenida Ballivian, actividades relacionadas al tema.
26/05/1994
1420
Nominase Parque de La Paz y la Amistad, al área verde del cerro de San Pedro. Toda Persona que sea declarada Huésped de Honor o Ilustre, será invitada a plantar un arbol nativo en este parque, como símbolo de paz, fraternidad y preservación del medio ambiente.
12/07/1994
1425
Ratificase la prohibición de tala y poda de árboles en la jurisdicción del municipio por cuenta directa de los ciudadanos. Solo se podrá talar cuando: los arboles estén secos, represente un riesgo para las personas, o cause daño evidente. Solo se podrá realizar poda de: crecimiento, formación, mantenimiento. Se podrá talar o podar cuando asilo determine la Dirección de Parques y Jardines, mediante informe técnico. Las personas naturales o jurídicas, para realizar esta tarea deberán inscribirse en la Dirección de Parque y Jardines. Los infractores serán pasibles a una multa de Bs.- 1.000.- por árbol talado o podado. Encomiéndese a la Comisión de Ecología y Medio Ambiente la elaboración del Reglamento Especial de Poda y Tala de Árboles.
19/07/1994
1426
Crease el Jardín Botánico ,con fines de investigación científica y educativa en el marco de los lineamientos del proyecto presentado por la Sociedad Boliviana de Historia Natural. Conformase un Comité Impulsor compuesto por: Honorable Concejo Municipal órgano Ejecutivo del Gobierno Municipal Consejo departamental del Medio Ambiente Corporación Regional de Desarrollo Parque Nacional Tunari Sociedad Boliviana de Historia de Bolivia COTESU-ICE Colegio de Ingenieros Agrónomos Colegio de Arquitectos de Cochabamba Se regirá conforme a reglamentación especial, organizara una oficina técnica y administrativa, realizara trámites oportunos para lograr la cooperación de instituciones nacionales y extranjeras. En cumplimiento a la Ordenanza No. 694/89, el actual Jardín Botánico Martin Cárdenas, ubicado en la región de la Muyurina, se integra en toda su extensión superficial al nuevo proyecto de organización del Jardín Botánico.
25/07/1994
1719
Se aprueba el REGLAMENTO MUNICIPAL PARA LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE CONTRA LA EMISION DE RUIDOS, en sus 7 Capítulos, 33 Artículos y 2 anexos.
19/12/1995
1772
Se aprueba el REGLAMENTO DEL CONCURSO MUNICIPAL INTERCOLEGIAL DE ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE, Promoción Ecológica en sus 8 Capítulos y 26 Artículos.
16/04/1996
1803
Se prohíbe el encendido de fogatas y quema de todo material inflamable el día 23 de Junio, por atentar contra el Medio Ambiente.
21/06/1996
1944
Se confirma la legitima competencia de la H. Municipalidad del Cercado de Cochabamba sobre el PARQUE TUNARI. Se crea la POLICIA ECOLOGICA MUNICIPAL, especificando sus funciones de acuerdo a la Ley de Medio Ambiente.
13/03/1997
2228
Se aprueba el REGLAMENTO PARA LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE CONTRA LA EMISION DE RUIDO, en sus 11 Capítulos y 36 Artículos.
22/10/1998

Programas y prohibiciones de uso de áreas verdes


3494
PROGRAMA DE FORESTACION en áreas verdes mayores a una hectárea
01/11/2005
3701
Se prohíbe la autorización de nuevas concesiones de Uso de Suelo en áreas verdes.
19/06/2007
4120
Se prohíbe la autorización para la construcción de canchas polifuncionales en áreas verdes.
09/07/2010
2227
Se aprueba el REGLAMENTO DE PROTECCION, CONTROL Y FISCALIZACION DE AREAS VERDES Y BOSQUES, en sus 8 Capítulos y 13 Artículos.
20/10/1998
2564
Declarase de prioridad la ejecución de los proyectos de Revestimiento de Canales Distrito Nº 9, Limpieza de Torrenteras, Recolección de Basura por Microempresas, Construcción de Parques y Plazuelas y Mantenimiento de Plazas, Parques y Áreas Verdes.
06/10/2000




No hay comentarios:

Publicar un comentario